Significado de Copyright

Artistas, escritores, innovadores y emprendedores … de hecho gente creativa y empresarial de todos los orígenes; sobre todo aquellos que están comenzando, pero incluso algunos con un nivel de experiencia en su campo detrás de ellos, en algún momento u otro se han dado cuenta de que han tenido conceptos erróneos sobre qué son los Copyright, cómo funcionan, para qué tipos de trabajo creativo y para qué puede hacer por los derechos de autor.

Entonces, comencemos, y quizás con las preguntas más obvias que alguien pueda tener sobre los derechos de autor; ¿Qué es y por qué existe en primer lugar?

Comencemos con la última pregunta primero.

Por qué existe el Copyright

Imagina este escenario; construyes una cabaña, digamos, según tu propio diseño. Es un hermoso edificio de techo de paja de estilo Tudor, con un jardín pequeño y bien cuidado y una vista impresionante de colinas verdes onduladas que ofrecen espectaculares puestas de sol por la noche. Ahora imagina que alguien se entera un día de tu casa de campo única y muy atractiva y se muda mientras estás fuera.

Llegas a casa y de repente te das cuenta de que no puedes volver a entrar, y este ocupante ilegal que está adentro dice que son dueños de tu casa, que la construyeron incluso y, peor aún, que comenzaron a alquilar la habitación trasera por un centavo.

Para colmo, ahora están construyendo cabañas duplicadas que coinciden con tu diseño en el futuro para vender y ganar aún más dinero. Ahora imagina que no existe ninguna ley que te brindase la oportunidad de volver a reclamar la propiedad de tu propiedad y ningún medio para detener al usurpador o ganar una restitución por sus acciones.

Transfiere esta analogía, ciertamente burda, a la creatividad, y es por eso que existen los derechos de autor o Copyright.

“En primer lugar, las personas que crean obras del intelecto o que invierten en su creación y difusión tienen derecho, como una cuestión de derecho humano, a obtener un rendimiento justo por su creatividad e inversión.

En segundo lugar, a menos que se apoyen los derechos de los creadores e inversores a una rentabilidad justa, la comunidad en su conjunto se vería empobrecida por el hecho de que, en muchos casos, estas obras no se crearían ni desarrollarían “.

Nuestra civilización progresa a través de la creatividad y la innovación. Pero para que los creadores creen, necesitan comer, necesitan vivir, ganar dinero, recibir reconocimiento por su trabajo y el estímulo para seguir esforzándose cuando las cosas se ponen difíciles.

Por lo tanto, los derechos de autor existen para hacer que esto suceda y ayudar a los innovadores a obtener ingresos de sus creaciones. El Copyright existe para promover la creatividad y ayudar a las personas creativas a vivir de su creatividad. Los derechos de autor existen porque tiene sentido creativo y comercial para que existan.

Si un escritor gana dinero con su trabajo, puede obtener los fondos para seguir escribiendo. Si un artista gana dinero con la concesión de licencias y la fabricación de imágenes de obras de arte, tiene ingresos para poder invertir su tiempo de manera productiva en más proyectos. Además, el derecho de autor existe para fomentar la innovación y la prosperidad, tanto para la sociedad en su conjunto como para el individuo que innova.

Elimina el Copyright y, efectivamente, atarás las manos a la espalda de los creativos. Imagina un mundo cultural, creativo, industrial y económicamente privado porque sus innovadores no recibieron la recompensa y el poder de proteger el uso de sus esfuerzos.

Con eso en mente, pongamos ahora la analogía de mi cabaña en el contexto adecuado; eres una persona creativa, ¿no? Imagina que cada vez que creas algo, alguien puede venir y copiarlo, reclamarlo como propio y muy probablemente ganar dinero con ello, y sin temor a las consecuencias porque no hay ninguna ley que castigue sus acciones. Muy pronto dejarías de crear, ¿no? ¿Cuál sería el sentido de todo ese arduo trabajo cuando otros pudieran cosechar el crédito y la recompensa?

Afortunadamente para nosotros, no es así en el mundo real. Leamos de nuevo lo que dice la Oficina de Patentes de Irlanda; que es un “… derecho humano garantizar un rendimiento justo por su creatividad e inversión”. Repito, muy bien dicho.

Por eso existen los derechos de autor o Copyright.

Pero, ¿qué son los derechos de autor o Copyright?

Los derechos de autor o Copyright

Si vuelves a considerar mi burda analogía de la cabaña; esencialmente establece qué es el Copyright… un derecho de propiedad. Pero un derecho de propiedad que se aplica, no a terrenos, edificios o vehículos, sino a productos de la mente humana … de nuestro intelecto. Productos creativos, como trabajos literarios, dramáticos, musicales o artísticos o cinematográficos.

Aquí tienes la web de la Agencia Europea.

¿Y qué se puede hacer con este derecho de “propiedad intelectual”?

Bueno, los derechos de autor tienen derechos similares pero también diferentes a otras formas de derechos de propiedad, lo que permite específicamente al propietario (o propietarios) de los derechos de autor:

  • copiar, prestar y distribuir su trabajo
  • otorgar licencia a otros (es decir, otorgar permiso por escrito) para usar el trabajo del propietario de los derechos de autor
  • adaptar su trabajo o autorizar a otros para que lo hagan (por ejemplo, adaptar un libro a una película)
  • vender su trabajo creado – su propiedad intelectual – a otros y, lo que es más importante …
  • tienen poderes para detener la infracción indebida de esos derechos por parte de terceros, es decir, la copia y explotación del trabajo del propietario de los derechos de autor sin su permiso, así como …
  • obtener una compensación en forma de indemnización o daños por infracción cuando se haya descubierto una pérdida de ingresos.

Esto se aplica a la obra de los propietarios de los derechos de autor o Copyright, ya sea que haya sido publicada, exhibida o lanzada al público para su consumo.

Sin embargo, no solo esto …

Derechos morales en Copyright

Un creador y comisionado de un trabajo protegido por Copyright también tiene derecho a otros derechos relacionados con su trabajo. Llamados “derechos morales”, estos son:

  • el derecho a ser identificado como el autor (o artista, fotógrafo, compositor, director, etc.) y a evitar que se les atribuya falsamente una obra
  • el derecho a que su trabajo no sea sometido a un trato despectivo (alteración, reorganización o eliminación) por parte de terceros; “trato despectivo” es el caso en el que el trabajo resultante se mutila, distorsiona y puede dañar la reputación del creador / autores
  • el derecho a la privacidad cuando se trata de ciertas fotografías y películas (por ejemplo, un comisionado de fotos privadas tiene derecho a que no se publiquen o exhiban al público cuando las fotos se conviertan en obras con derechos de autor)

Aquí hay algunos ejemplos de estos tres puntos anteriores:

He afirmado mi derecho moral a ser identificado como autor de este artículo; un derecho que tengo por ley para hacerlo. Si se tratara de un libro ficticio y se hubiera adaptado a una película, también tendría derecho a ser identificado en la película como el autor de la novela original, a menos que dejes de lado el derecho.

Por el contrario, Alan Moore, cuya ahora legendaria infelicidad por el tratamiento de las adaptaciones de sus novelas gráficas y cómo siente que se han reflejado mal en su trabajo original, lo ha llevado a exigir que su nombre sea eliminado de los créditos de películas, como Watchmen.

Si por alguna razón, la serie de libros de Harry Potter de JK Rowlings hubiera sido acreditado deliberadamente y a sabiendas como mi trabajo y no el de ella por otra persona, tanto ella como yo podríamos detenerlo, debido a una falsa atribución.

Si durante la edición de este libro, hubiera sentido que un tercero (un editor, un editor o un impresor) había hecho un trabajo de hacha en todo mi arduo trabajo, no solo podría dejar saber lo infeliz que estaba con este maltrato. , pero yo también tengo derecho a detenerlo.

Finalmente, los retratos fotográficos de mi pareja y yo, por los que le pagamos a un fotógrafo profesional, cuelgan de las paredes donde vivimos … y en ningún otro lugar sin nuestro consentimiento.

¿Ves cómo funcionan los derechos morales?

Ahora debo mencionar que, sin embargo, existen excepciones a los derechos morales; no pueden afirmarse cuando las obras protegidas por Copyright son programas de computadora o trabajo generado por computadora (creado sin intervención humana), o para un diseño tipográfico. Además, si el creador / autor no ha hecho valer su derecho a ser identificado como el creador / autor si ese derecho se aplica, el Derecho Moral no ha sido violado.

Además, si el creador / autor trabaja para un empleador que posee / será propietario de los Copyright del trabajo que usted produce, usted tampoco tendrá este derecho (más sobre este “Trabajo hecho para contratar” más adelante).

Quién posee el Copyright

Ahora que sabemos el “qué” y el “por qué” del Copyright, averigüemos el “quién”; quién es este “propietario de derechos de autor” que he mencionado:

El propietario de los derechos de autor es la persona o personas que crearon el trabajo protegido por Copyright.

Bien podríaa haberlo adivinado ya.

Entonces, según la ley de derechos de autor, las creatividades suelen ser las primeras personas a las que se les otorga la propiedad de los Copyright sobre el trabajo que han creado, como se describe anteriormente. Entonces, si usted es alguien que ha creado un trabajo con derechos de autor, los derechos de propiedad de esa obra protegida por derechos de autor no pertenece a nadie más que a usted.

Seamos claros sobre esto; nadie más que tu, el creador de la obra protegida por Copyright, tiene estos derechos; ni tu madre, ni tu pareja, ni la amable señora Miggins en el futuro. (Sí, ni siquiera ella.) Son tuyos y solo tuyos (a menos que el trabajo creado haya sido un esfuerzo colaborativo). Exclusivamente. Tampoco serán esos derechos de nadie más a menos que y hasta que usted, como propietario de los derechos (a veces también llamado “titular de los derechos”) otorgue permiso de uso – licencias – o ceda / venda – asigne – esos derechos.

Suena bien, ¿no? Funciona para mi.

Habiendo dicho eso, sin embargo …

Hay propiedad y luego hay propiedad

La gente puede equivocarse cuando se entera de la propiedad de los derechos de autor, así que pensé, ahora que he identificado qué es la propiedad de los Copyright, valdría la pena aclarar qué no es.

Ahora, donde vives, tienes productos como Blurays, libros y CD por todas partes, y los posees, ¿verdad? Quiero decir que pagaste un buen dinero por ellos, ¿verdad? Seguro que lo hiciste. Entonces eres su dueño.

Pero, ¿eso significa que posee los derechos de autor que subsisten en esos productos?

No, por supuesto que no.

Es el autor y / o el editor / distribuidor quien conserva los derechos de autor. Entonces, hay una diferencia entre poseer una copia de un trabajo protegido por Copyright y poseer los derechos de autor de ese trabajo en sí. Si estás desembolsando dinero en efectivo, digamos un CD, estás comprando la propiedad de esa copia en CD de ese álbum de artistas de grabación, no la propiedad de las grabaciones maestras en sí, ni el derecho a producir copias del CD que compraste.

Si más de un autor o creador ha estado involucrado en la producción del trabajo, entonces se aplica la propiedad conjunta de los derechos de autor. Las asociaciones de composición de canciones son un ejemplo clásico, en el que, en virtud de haber coescrito una canción, cada uno se convierte en propietario conjunto de los Copyright.

Luego está siendo contratado para producir algún trabajo.

¿Fuiste contratado? Comprueba tus derechos de autor

Todos hemos sido empleados y muchos de nosotros hemos sido contratados como autónomos. Y en ese tiempo les garantizo que armamos algo, escribimos o dibujamos algo para nuestro empleador. ¿Significa esto de acuerdo con lo que he descrito anteriormente que los Copyright pasaron a ser nuestros?

No necesariamente.

Verás, si preparamos este trabajo como parte de los deberes de nuestro empleo, o si nos lo encargaron, si somos parte del equipo empleado en un proyecto, o si de hecho, estamos construyendo algo bajo un ” trabajo realizado por contrato “, entonces con toda probabilidad los derechos de autor serán nuestros empleadores, no nuestros.

Entonces, ¿estás en un empleo en este momento y estás creando obras cuyos derechos asumió que eran tuyos? Eche un vistazo al contrato de trabajo que firmaste con su empleador. Es probable que haya disposiciones que cubran esta cuestión de propiedad.

¿O estás encargando trabajo a otros? Luego, observa las órdenes de compra que envía o los acuerdos que firma. ¿Existen cláusulas en los términos y condiciones que cubran los derechos de propiedad intelectual de las personas que contrata, de modo que esos derechos sean suyos al momento del pago?

Así que ahí estamos; eso es lo que es el Copyright, su propósito y quién puede usarlos.

Sobre el autor

Octavio Carnero Pareja
Octavio Carnero Pareja
Soy un licenciado en Periodismo y Comunicación Corporativa. Mi pasión por la comunicación me llevó a dedicar años de estudio y esfuerzo para obtener esta titulación.

Durante mi formación, adquirí habilidades esenciales para comprender y analizar los medios de comunicación, así como para crear estrategias efectivas de comunicación corporativa.

Como licenciado en Periodismo, tengo un profundo entendimiento de la importancia de la información veraz y relevante en la sociedad. He aprendido a investigar, redactar y presentar noticias de manera objetiva y ética.

Además, mi formación en Comunicación Corporativa me ha permitido comprender cómo las empresas y organizaciones pueden utilizar la comunicación para alcanzar sus objetivos y mantener una buena reputación.

Soy capaz de diseñar estrategias de relaciones públicas, gestionar crisis de reputación, crear contenido persuasivo y utilizar las redes sociales y otras herramientas digitales para difundir mensajes de manera efectiva.

Mi objetivo es aplicar mis conocimientos y habilidades en el campo de la comunicación para ayudar a las organizaciones a alcanzar sus metas y construir relaciones sólidas con su público.

12 comentarios en «Significado de Copyright»

  1. ¡Interesante debate sobre el Copyright! ¿Realmente protege a los creadores o limita la creatividad? ¿Qué piensan ustedes?

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  2. ¿Y qué tal si el Copyright se adaptara a la era digital? ¿O deberíamos dejarlo como está? ¡Vayan dando su opinión!

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  3. ¡El Copyright es una locura! ¿Deberían los artistas tener más control sobre sus obras o es justo como está? ¡Debatamos! 🤔🎨📚

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  4. ¡Interesante debate sobre el Copyright! ¿Realmente protege la creatividad o limita la libertad de expresión? ¿Cuál es tu opinión?

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  5. ¡Creo que el Copyright debería ser más flexible para fomentar la creatividad y la innovación! ¿Qué opinan ustedes?

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  6. ¡Interesante debate sobre el Copyright! ¿Realmente necesitamos proteger tanto la propiedad intelectual o estamos limitando la creatividad? ¡Opiniones!

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  7. ¡Interesante debate sobre el Copyright! ¿Crees que los derechos morales son suficientes para proteger a los creadores? Opiniones diversas, ¡vamos a discutirlo!

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